En este capítulo se hace mención a niños, niñas y adolescentes que, por encontrarse en situación de vulneración de sus derechos o por haber infringido la ley penal juvenil, residen en lugares bajo el cuidado del Estado. Además, se comentan el trabajo de las instituciones facultadas para visitar los lugares de residencia e inspeccionarlos: Instituto Nacional de Derechos Humanos, Poder Judicial y Comisiones Interinstitucionales de Supervisión de Centros. Sin embargo, se describe que no existe una única institución capaz de ejercer un monitoreo periódico y técnico.
La Defensoría de la Niñez tiene la facultad de visitar los centros de privación de libertad, centros residenciales de protección o cualquier otra institución; por ello, en el capítulo se ofrece una revisión del estado de la situación en Chile de los niños, niñas y adolescentes bajo cuidado estatal y se describen los sistemas de fi scalización y monitoreo existentes. Adicionalmente, se ofrece una descripción de modelos de otros países para inspirar un futuro sistema de inspecciones.
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