El principio de igualdad y no discriminación se funda en la dignidad de cada niño, niña y adolescente y se cristaliza en la obligación estatal de garantizar su ejercicio en condiciones de igualdad. De allí surge la obligación del Estado de no anular su legítimo ejercicio, sin excepciones, y la obligación de adoptar medidas especiales para su protección. El capítulo describe también algunas de las circunstancias normativas y fácticas que llevan a afirmar que no todos los niños, niñas y adolescentes son iguales, y que algunos de sus derechos son ejercidos dependiendo de la ubicación geográfica, el origen familiar o la nacionalidad que tengan. También se describen algunas condiciones de discriminación: niños, niñas y adolescentes migrantes; el derecho a la identidad de género de niños y adolescentes trans; las familias de niños y niñas nacidos por reproducción médicamente asistida; y aquellos pertenecientes a pueblos indígenas.
Compartir capítulo en: