El artículo 15 de la Ley n° 21.067, que creó la Defensoría de los Derechos de la Niñez, le confiere la obligación de realizar anualmente un informe al Presidente de la República, al Congreso Nacional y al Presidente de la Corte Suprema, que describa la situación nacional en materia de derechos humanos de niños, niñas y adolescentes y que entregue recomendaciones y propuestas a cada poder del Estado de forma independiente.
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