Santiago, 31 de julio de 2024.- Este miércoles, el Defensor de la Niñez, Anuar Quesille, asistió como invitado a la sesión de la comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputadas y Diputados, que buscaba continuar con la revisión del proyecto de ley que modifica la ley N°21.325, de Migración y Extranjería, y otros cuerpos legales.
Haciendo uso de las atribuciones legales que tiene la Defensoría de la Niñez, especialmente aquellas que le mandatan a emitir recomendaciones y velar porque los responsables de formular las políticas públicas tengan en consideración los derechos de la niñez y adolescencia, el Defensor de la Niñez presentó una serie de recomendaciones técnicas al proyecto de ley, que se formularon en base a la ley 21.430 Sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia. En ese contexto, Anuar Quesille levantó la alerta sobre una indicación ya aprobada por las y los integrantes de la comisión y que, bajo el análisis técnico de la institución, podría convertirse en una discriminación arbitraria en el acceso a la educación niños, niñas y adolescentes (NNA) migrantes.
La indicación en cuestión (artículo 17 del PDL), aprobada la semana pasada, establece respecto del acceso a la educación que “no podrá denegarse a causa de su condición migratoria, pero sí podrá priorizarse para asegurar el derecho de los nacionales”. Al respecto, el Defensor de la Niñez alertó en la comisión de Gobierno Interior que la solución a la problemática de cupos y matrículas responde a una respuesta de política pública educacional que debe atender a los nuevos escenarios demográficos, sin caer en limitaciones al derecho a la educación por motivos que puedan ser constitutivos de discriminación arbitraria y por tanto inconstitucionales.
“Hemos hecho un análisis desde la Ley de Garantía y otras normativas, y la falta de matrículas y listas de espera no son problemas que se asocien directamente a la migración, es un problema de política pública educacional, respecto del cual el Ministerio de Educación debe hacerse cargo, para asegurar un que está consagrado en la Ley 21.430”, explicó Anuar Quesille sobre la asociación equivocada de estas dos problemáticas. Además, agregó que “sostener esta indicación podría implicar un escenario importante de discriminación arbitraria contra niños, niñas y adolescentes”, enfatizando que el criterio a tener en cuenta para garantizar el derecho a la educación debe ser el ser un niño, niña o adolescente, y que la situación migratoria es sólo una condición de vulnerabilidad, respecto de la cual, además, el Estado debe tomar medidas.
Por otra parte, la institución destacó que el sistema escolar es un factor protector para niños, niñas y adolescentes en situaciones particularmente vulnerables, como lo son los migrantes, y que, especialmente hoy, cuando enfrentamos una crisis de seguridad pública que ha afectado tremendamente a este grupo de la población, se hace más relevante tener aquello en cuenta. “Si queremos proteger y alejar a la niñez y adolescencia de las bandas delictuales y el crimen organizado, lo que tenemos que hacer es garantizar cada vez más los derechos sociales, no restringir su acceso a grupos de niños que son especialmente vulnerables”, dijo el Defensor de la Niñez.