La certificación de “no sanciones por acoso, abuso sexual y otras sanciones de derechos humanos”, debe generarse respecto de cada uno de los miembros académicos y administrativos de la línea que acredite y debe ser emitida por la institución universitaria que se inscribe, y firmada por quien tenga facultades para certificar. Es una certificación simple (no notarial) donde se declare lo requerido.