En agosto de 2021 se conoció la trágica muerte de una niña de sólo tres años, de iniciales J.A.R.P., mientras se encontraba en una guardería ilegal en la comuna de Quinta Normal. La encargada de dicha guardería fue detenida e imputada por el homicidio calificado de la niña. Dos años después, en septiembre de 2023, se llevó a cabo el juicio oral, en el que participó la Defensoría de la Niñez como parte querellante. El resultado de dicho juicio absolvió a la acusada, declarándola inocente y asumiendo que la muerte de la niña se produjo por causas naturales.
Sin embargo, el equipo de abogadas(os) de la Defensoría de la Niñez, pertenecientes a la Unidad de Protección de Derechos y Representación Judicial, presentó ante la I. Corte de Apelaciones de Santiago un recurso de nulidad del juicio, solicitando la invalidación de la sentencia y de todo el juicio oral, alegando que “el fallo impugnado vulnera el principio de la razón suficiente; las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados”. Además, la Defensoría de la Niñez advirtió al Tribunal que en el transcurso del juicio no se consideró debidamente la opinión de niños y niñas, desestimando sus testimonios y de sus padres, que daban cuenta de constantes maltratos por parte de la acusada.
De esta forma, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió los argumentos planteados por la institución y el recurso de nulidad presentado, otorgando una nueva fecha para la realización de un nuevo juicio oral. “No se advierte en el fallo el proceso intelectual que habría permitido a los juzgadores alcanzar la decisión absolutoria, más allá de toda duda razonable, en cuanto a la dinámica de los hechos, y por ende, a la falta de tipicidad, existiendo omisiones al construir la secuencia coherente, temporal y lógica de las inferencias probatorias que justifican el juicio fáctico”, señala el fallo de la Corte.
Esto, a juicio de la Defensoría de la Niñez, es muy importante y valorable esta sentencia de la Ilustrísima Corte, ya que se acogen argumentos basados en la Convención de los Derechos del Niño y la Ley de Garantías, y otorga la opción de un debido proceso que permita alcanzar justicia para la muerte de una niña de tres años.