Patricia Muñoz, Defensora de los Derechos de la Niñez, consideró “un retroceso significativo y lamentable” la aprobación del control preventivo de identidad a adolescentes de 16 años que se produjo hoy en la Sala de la Cámara de Diputados y aseguró que el Estado tiene un deber de protección de éstos que este proyecto incumple.
La Defensora de la Niñez calificó la medida, además, como “totalmente ineficiente e ineficaz”, refiriendo que su aprobación es contraria al deber estatal de protección de los derechos de las y los adolescentes.
“Esto mediáticamente ‘vende’ y eso es súper preocupante cuando es lo que motiva y genera acciones públicas. Acá se le dice a la ciudadanía ‘vamos a hacer control preventivo de identidad, vamos a incluir a los adolescentes’, pero no se les dice que esto no tiene ningún impacto en la prevención de delito”, enfatizó Patricia Muñoz.
La Defensora de la Niñez explicó cómo este hecho contradice toda evidencia, no solo entregada por el organismo que encabeza, si no que especialmente por expertos en la materia y advirtió que esto infringe el interés superior del niño cuya consideración primordial es un deber para quienes, desde el rol parlamentario, ejercen una representación del Estado de Chile, razón por la que indicó que como entidad realizarán todas las acciones que procuren que este proyecto no sea ley en el país.
Muñoz analizó la aplicación del control preventivo de identidad para adolescentes a partir de los 16 años, indicando que contraviene los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño y de otros tratados internacionales suscritos por Chile, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre los Derechos Humanos. “Cuando hablamos de este tipo de proyectos, no podemos hacer caso omiso a los derechos humanos que el Estado chileno aseguró resguardar”, recalcó.
“Es lamentable que la Cámara de Diputados apruebe una medida que contradice, de manera flagrante, los principios y derechos contenidos en un instrumento internacional vinculante para Chile desde el año 90, cuando este año se cumplen los 30 años de la ratificación de la Convención de los Derechos del Niño”, destacó Patricia Muñoz.
«Hemos sostenido que nos parece que el artículo 85 del Código Procesal Penal es una norma que ya rige y que permite el control de identidad respecto de adolescentes que están vinculados, o posiblemente vinculados, a hechos delictuales» y, a juicio de la Defensora de la Niñez, «no se han exhibido números que justifiquen que una medida como aquella, que existe hoy respecto de los adultos, ha tenido efectivamente un impacto en la disminución de la delincuencia«, indicó.