Como parte de la función que le otorga la Ley N° 21.067, específicamente en su rol de realizar recomendaciones relativas a los derechos humanos de la niñez y adolescencia, la Defensoría de la Niñez elaboró el primer Boletín dirigido a los y las integrantes electos(as) de la Convención Constituyente. El Boletín N°1: “Participación de Niños, Niñas y Adolescentes en la Convención Constitucional”, pretende asegurar el reconocimiento, respeto, promoción, difusión y protección de los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes en la generación de una nueva Constitución Política de la República, considerando su participación efectiva e incidente.
“Estaremos entregando, de manera permanente, recomendaciones y material para que las y los convencionales constituyentes siempre tengan en el centro de sus decisiones la consideración primordial por el interés superior de niños, niñas y adolescentes que viven en Chile y, en razón de ello, respeten y aseguren el ejercicio efectivo de ellas y ellos de su derecho a ser oídos y participar”, dice la Defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, destacando, además, que ellos y ellas sí han querido y quieren ser parte de este proceso, ya que “según el Estudio de Opinión de Niños, Niñas y Adolescentes de la Defensoría de la Niñez, el 53,7% afirmó que le gustaría participar en los plebiscitos contemplados para construir una nueva Constitución, y el 58% dijo, además, que sí cree que las niñas, niños y adolescentes deben participar como redactores de la nueva Constitución”.
Este primer Boletín de la Defensoría de la Niñez se remite a los y las Convencionales Constituyentes en el contexto del proyecto institucional “Mi Voz en la Constitución”, que contempla, además de este tipo de instrumentos, la generación y difusión de videos y gráficas en redes sociales, alianzas estratégicas con otras instituciones y la sociedad civil, entre otras iniciativas.
Recomendaciones a la Convención Constitucional
Algunas de las recomendaciones de la Defensoría de la Niñez, contenidas en este primer Boletín, para garantizar la participación incidente de niños, niñas y adolescentes en el proceso constituyente, se relacionan con el necesario reconocimiento, a nivel constitucional, de niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho y de los derechos humanos que ellas y ellos poseen, asegurándoles el ejercicio efectivo de ellos, contemplando mecanismos de exigibilidad de estos; y también rebajar la edad de votación a 16 años en toda elección o plebiscitos futuros e incorporar las opiniones de niños, niñas y adolescentes cuando se discutan proyectos de ley en los que se debatan materias que les afecten.
Además, el Boletín institucional propone ámbitos específicos dentro del Reglamento de la Convención, como por ejemplo, la generación de una comisión especializada en niñez y adolescencia dentro de su estructura, que aborde el rol de los organismos garantes de derechos de la niñez y adolescencia y de la sociedad civil, contemplando, además la asistencia y participación de niños, niñas y adolescentes de todo el país en las sesiones de las diversas comisiones y plenarios que realice la Convención, de forma remota o activa, entre varias otras.
El documento completo con las recomendaciones puede revisarse en https://www.defensorianinez.cl/mivozenlaconstitucion/