Somos fiscalizados por la Contraloría General de la República en cuanto al personal y sus cuentas.
Las resoluciones de la Defensoría de la Niñez están exentas a priori de toma de razón, pero pueden ser revisadas a posteriori. En otras palabras, los actos administrativos, o documentos de la Defensoría de la Niñez no tienen un control jurídico del órgano contralor antes de publicarse, siendo controlados en cualquier momento luego de este acto.