La institución envió, nuevamente, un oficio a ambas corporaciones, en el que recomienda legislar para que el derecho a la participación de los y las adolescentes se efectivice, en esta ocasión, a través del sufragio voluntario para los mayores de 16 años. En mayo de 2020 también se presentó esta petición al Congreso, sin respuesta hasta la fecha, con ocasión del plebiscito de entrada.
En el marco de su facultad legal para “emitir informes y recomendaciones que tengan por objeto la promoción o protección de derechos de los niños” y del proyecto institucional “Mi Voz en la Constitución”, la Defensoría de la Niñez remitió un Oficio a las presidencias de ambas corporaciones del Congreso, que entrega recomendaciones para avanzar legislativamente en la participación voluntaria de adolescentes de 16 y 17 años en el Plebiscito Nacional Constitucional de apruebo o rechazo de la propuesta de nueva Constitución.
Cabe señalar que ésta no es la primera ocasión en que la institución autónoma plantea la petición al Congreso ya que, en mayo de 2020, antes de realizarse el plebiscito de entrada, la Defensoría de la Niñez recomendó por la misma vía que “se reconozca, en términos voluntarios, el derecho a sufragio para las y los adolescentes a partir de los 16 años”, petición que no tuvo respuesta alguna de parte del Poder Legislativo y, “lamentablemente”, se sostiene en este nuevo requerimiento, “el plebiscito inicial no contó con la posibilidad de sufragio para las y los adolescentes”.
La necesidad de efectivizar el derecho a la participación que tienen los y las adolescentes, a través del voto, también fue profundizada en el Boletín N°1 del proyecto “Mi Voz en la Constitución”, que abordaba con mayor especificidad la participación de niños, niñas y adolescentes en la Convención Constitucional.
“En estas diferentes recomendaciones hemos enfatizado la importancia de que la niñez y la adolescencia pueda contar con espacios de participación y acceso a la información pertinentes en el proceso constitucional, siendo en ello clave el mismo proceso electoral. Así como se logró consolidar avances históricos de participación en términos de paridad de género y personas de pueblos originarios, el gran desafío será entonces también consolidar la participación de niños, niñas y adolescentes”, dice Patricia Muñoz, Defensora de la Niñez. Además, señala que se plantea esta recomendación en virtud de la importancia que tiene que la sociedad finalmente reconozca y trate a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos y ciudadanos/as. “Los y las adolescentes fueron un actor social clave en las movilizaciones previas al inicio de este proceso”, agrega.
Entre los argumentos de la Defensoría de la Niñez contenidos en el documento enviado al Congreso destaca que, según los datos del Estudio de Opinión de Niños, Niñas y Adolescentes (2019), a un 72% de adolescentes entre 16 a 17 años le hubiera gustado participar en el plebiscito de entrada. Además, se hace presente que, a nivel internacional, los países que han reconocido el derecho a sufragio adolescente lo han hecho a partir de los 16 años. Por otro lado, el propio proceso constitucional ha impulsado una serie de instancias de participación y acceso a la información que han permitido su participación en audiencias, cabildos y patrocinios de iniciativas populares de normas constitucionales. En este último, participaron más de 21.295 de adolescentes mayores de 16 años.
De esta forma, el Oficio le sugiere al Poder Legislativo “adoptar con urgencia” lo recomendado, permitiendo al voto a partir de los 16 años, para poder cumplir con los plazos establecidos en el proceso constituyente. “Esta iniciativa, en caso de prosperar, implica permitir el ejercicio efectivo del derecho a participación a 485.684 adolescentes, que estarían habilitadas(os) para ejercer, voluntariamente, su derecho a sufragio voluntario en el plebiscito de salida y así ser parte de este proceso histórico que ellos y ellas impulsaron”, dice el documento, para finalizar.